Día del Libro y Derechos de Autor
Aunque Argentina tiene una fecha especial para celebrar el Día del Libro, a nivel mundial se celebra todos los 23 de abril, en conmemoración a la muerte de Miguel de Cervantes, William Shakespeare y el Inca Garcilaso de la Vega, los tres en el año 1616.
Ellos se transformaron en los pilares de la literatura universal. De hecho, es una tradición anual comenzar la Feria del Libro de Buenos Aires durante esa misma semana del año, donde escritores, editores, lectores y referentes de la industria editorial se reúnen para compartir lo que más les apasiona: los libros.
Ellos se transformaron en los pilares de la literatura universal. De hecho, es una tradición anual comenzar la Feria del Libro de Buenos Aires durante esa misma semana del año, donde escritores, editores, lectores y referentes de la industria editorial se reúnen para compartir lo que más les apasiona: los libros.
23 de abril y 15 de junio: el libro siempre protagonista
Después de diversas solicitudes, la biblioteca de aquel Consejo logró el reconocimiento esperado: en 1924, por Decreto nacional del gobierno de Marcelo T. de Alvear, se declaró oficialmente el 15 de junio como la “Fiesta del Libro”. Luego, en 1941 se cambió la denominación por “Día del Libro”, la cual se mantiene hasta hoy, pero conservando los mismos objetivos iniciales: fomentar la lectura entre las comunidades de todo el país.
¿Qué son los derechos de autor?
Los derechos de autor son un conjunto de principios y normas jurídicas que establecen los derechos morales, patrimoniales y universales que tienen todos los autores de obras literarias, científicas, musicales, artísticas o de carácter didáctico, por el simple hecho de su creación, esté publicada o sea inédita.
En esta categoría también están los creadores de programas informáticos, los anunciantes, publicistas, productores de cine y demás disciplinas. Está considerado como uno de los derechos humanos fundamentales en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Una obra pasa al dominio público cuando los derechos patrimoniales han expirado, y esto es habitualmente cuando transcurrió el plazo desde la muerte del autor (post mortem auctoris). El plazo mínimo, a nivel mundial, es de 50 años y está establecido en el Convenio de Berna, aunque muchos países han extendido ese plazo ampliamente.
Les comparto un hermoso video, espero que les guste:
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